Registro de matrimonios
Dias para la celebracion de matrimonios
Fuera de la sede del registro civil:
| Parroquia |
Día |
| La concordia |
Jueves |
| San Sebastián |
Viernes |
| San Juan Bautista y Pedro María Morantes |
Sábado |
Dentro de la sede del registro civil:
Sólo los días Viernes .
Requisitos
Requisitos para contraer matrimonio civil artículo 69
- Carta de soltería redactada por un abogado y notariada.
- Copia de la cédula de identidad de ambos contrayentes ampliadas en una misma hoja (sin cortar).
- Copia certificada de la partida de nacimiento de los contrayentes (con menos de 6 meses de expedida).
- Copia de la cédula de identidad de los testigos (no familiares) debe ir en una misma hoja (sin cortar).
- Dos (2) testigos si el matrimonio se realiza dentro de la sede del Registro Civil.
- Cuatro (4) testigos si el matrimonio se realiza fuera de la sede del Registro Civil.
- Si los contrayentes tienen otro tipo de estado civil, deberán presentar otros documentos adicionales:
- Divorciados: copia certificada de la sentencia de divorcio en buen estado.
- Viudos: copia certificada del acta de defunción del conyugue fallecido.
- Descargar el formato de cartel, el cual deberá llenarse en letra molde y sin abreviar nombres, ni direcciones.
- En el caso de extranjeros se deberá presentar:
- Pasaporte vigente (en el caso de colombianos no visado).
- Partida de nacimiento legalizada y apostillada por su pais de origen (aun si son nacionalizados).
- Carta de soltería notariada por su pais de origen legalizada y apostillada.
nota: los documentos se consignarán obligatoriamente por ambos contrayentes con un mínimo de 15 días de anticipación a la celebración del mismo (en caso de algún inconveniente para hacerlo personalmente, deberán otorgar un poder especial notariado a un tercero quien lo hará en su nombre, según lo establece el art. del código civil venezolano)
La recepción de los documentos se hará de lunes a jueves de 8:00 am a 11:30 am, por el área de matrimonio. a partir del día 15 del mes inmediatamente anterior, se abrirán cupos para el mes siguiente.
Requisitos para contraer matrimonio civil artículo 70
- Constancia de concubinato expedida por el registro civil.
- Constancia de residencia expedida por la ASOVE.
- Copia de la cédula de identidad de ambos contrayentes ampliadas en una misma hoja (sin cortar).
- Copia certificada de la partida de nacimiento de los contrayentes (con menos de 6 meses de expedida).
- Copia de la cédula de identidad de los testigos (no familiares) debe ir en una misma hoja (sin cortar).
- Dos (2) testigos si el matrimonio se realiza dentro de la sede del registro.
- Cuatro (4) testigos si el matrimonio se realiza fuera de la sede del registro.
- Si los contrayentes tienen otro tipo de estado civil, deberán presentar otros documentos adicionales:
- Divorciados: copia certificada de la sentencia de divorcio en buen estado.
- Viudos: copia certificada del acta de defunción del conyugue fallecido.
- Descargar el formato de cartel, el cual deberá llenarse en letra molde y sin abreviar nombres, ni direcciones.
- En el caso de extranjeros se deberá presentar:
- Pasaporte vigente (en el caso de colombianos no visado).
- Partida de nacimiento legalizada y apostillada por su país de origen (aun si son nacionalizados).
- Carta de soltería notariada por su país de origen legalizada y apostillada.
nota: los documentos se consignarán obligatoriamente por ambos contrayentes con un mínimo de 8 días de anticipación a la celebración del mismo
La recepción de los documentos se hará de lunes a jueves de 8:00 am a 11:30 am, por el área de matrimonio. a partir del día 15 del mes inmediatamente anterior, se abrirán cupos para el mes siguiente.
Planillas descargables
Procedimiento para el registro de matrimonios
- Reunir los requisitos, descargar, llenar y traer al registro civil el Acta de Esponsables y la Planilla Cartel de la página Web.
- Los contrayentes entregan los requisitos.
- El funcionario(a) competente hace la revisión de requisitos para verificar si están completos.
- Los contrayentes hacen entrega del Acta de Esponsables.
- El funcionario(a) competente elabora carteles y los fija con Acta de Esponsables, por 8 días continuos, elabora expediente y registra datos en el libro de actas de matrimonio.
- El funcionario(a) competente elabora los formularios, acta y constancia de matrimonio.
- El secretario(a) verifica identificación de contrayentes y testigos. Da lectura al Código Civil en deberes y derechos de los cónyuges.
- El registrador(a) Interroga a los contrayentes si se aceptan mutuamente como marido y mujer.
- Los Contrayentes responden a la pregunta aceptándose como marido y mujer.
- El registrador(a) realiza la declaración de unión matrimonial.
- Firman el acta los contrayentes, testigos, secretario y registrador civil.
- El secretario(a) hace entrega del certificado de matrimonio.
Pictograma del proceso de registro de matrimonios